CEAR junto a un centenar de personalidades lanza un manifiesto contra «las devoluciones en caliente»

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el DiarioSolidario

La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) ha reunido el apoyo de un centenar de juristas, académicos y personalidades de reconocido prestigio a un manifiesto reclamando al Gobierno de España que ponga fin de forma inmediata a las “devoluciones en caliente”. El manifiesto señala “la inconstitucionalidad de estas prácticas, pese a la decepcionante sentencia del Tribunal de Estrasburgo que no puede suponer una excusa para no desarrollar una política migratoria y de asilo garantista”.

Manifiesto por una Política Migratoria y de Asilo propia de una sociedad democrática avanzada

El pasado día 13 de febrero, la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó, por unanimidad, que España no había vulnerado los derechos reconocidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos al entregar a las autoridades marroquíes a dos personas de origen subsahariano que habían saltado la valla de Melilla. Esta sentencia fue especialmente desalentadora teniendo en cuenta que el propio Tribunal había condenado a España, por unanimidad, en este asunto en octubre de 2017, atendiendo a su propia jurisprudencia.

El Gobierno del Partido Popular intentó legalizar las “devoluciones en caliente” introduciéndolas en la Ley Orgánica de Extranjería mediante la disposición final primera de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, conocida como “Ley Mordaza”. Esta y otras disposiciones de esa Ley fueron objeto de recurso de inconstitucionalidad presentado por los grupos parlamentarios Socialista, UPyD, Izquierda Unida y Mixto, siendo firmado por el actual presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La apreciación de inconstitucionalidad se basa, entre otras razones, en que este nuevo procedimiento de devolución resulta arbitrario, vulnerándose el artículo 9.3 de la Constitución (CE); limita inconstitucionalmente lo establecido en el artículo 106 CE, conforme al cual “los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican”.  Y priva, en definitiva, al extranjero de su derecho a la tutela judicial efectiva por no garantizarse un acceso a los tribunales en condiciones que aseguren el ejercicio de sus derechos de defensa (artículo 24.1 CE).

Prácticas contrarias a la Convención de Ginebra

Estas prácticas son contrarias a la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, cuyo artículo 33 recoge el principio de no devolución, por el que ningún Estado podrá expulsar o devolver a una persona a un país donde su vida e integridad física corra peligro. Con ellas se impide la identificación de personas necesitadas de protección internacional y el acceso a las mismas al procedimiento de asilo.

Finalmente, las denominadas “devoluciones en caliente”, como vía de hecho sin procedimiento y sin las debidas garantías y salvaguardas procesales, privan a las personas necesitadas de protección internacional del acceso al derecho de asilo contemplado en el artículo 13.4 CE. Esto supone un atentado contra el Estado de Derecho, debido a que la actuación material de la Administración se efectúa sin un acto previo que la legitime.

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Hay que añadir que no existe una obligación de que el Tribunal Constitucional haga suyos los argumentos del Tribunal de Estrasburgo, por lo que no existe impedimento para que pueda declarar estas prácticas inconstitucionales por vulnerar los artículos 9.3, 15, 24 y 106 de nuestra Constitución, tal y como se argumentó en el recurso de inconstitucionalidad. El Convenio Europeo de Derechos Humanos es una garantía “de mínimos” y, conforme a su artículo 53, ninguna de sus disposiciones se puede interpretar limitando o perjudicando aquellos derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos en la legislación de los Estados parte o en cualquier otro Convenio.

Derogación Ley Mordaza

“Pedimos la derogación total de la Ley Mordaza y rechazamos rotundamente las devoluciones en caliente”, que también proclamaron otros miembros del gobierno de PSOE y Unidas Podemos.

Para ello, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) junto a los abajo firmantes, pedimos la presentación de un Proyecto de Ley en el que se pueda traducir a términos jurídicos lo prometido políticamente poniendo en práctica dos aspiraciones de la Constitución Española: “Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular” y “establecer una sociedad democrática avanzada”.

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